Se da este nombre al documento que confecciona la cedente para su aceptación por el reasegurador, en el que se describe el riesgo cedido y las circunstancias de cesión y aceptación. Mientras que en reaseguro facultativo el borderó se confecciona para cada riesgo y en cada caso, en riesgos cedidos y aceptados, a tenor del contrato de reaseguro suscrito.

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Persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.

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